Reglas de facturación en restaurantes, cafeterías y servicios de hostelería similares en Canarias.
Los restaurantes, cafeterías, bares, horchaterías, chocolaterías y establecimientos similares, así como los locales de suministro de bebidas o comidas para consumir en el acto, pueden expedir factura simplificada, siempre que el importe de la venta no exceda de 3.000,00€ (IGIC incluido). ¿Qué datos deben figurar en la factura simplificada de estos establecimientos para que sea …